Ejecutivo promulgó ley que registra a agresores sexuales de menores

Las instituciones que trabajan con niños están obligadas a pedir una constancia de no estar en el registro de agresores antes de la firma de un contrato laboral.

El Ejecutivo promulgó Ley “Que crea el Registro Nacional de agresores sexuales de niñas, niños y adolescentes, y el banco genético”. Se trata de una herramienta que busca proteger a los menores contra toda forma de abuso y violencia.


La nueva ley permitirá además contar con un banco genético que estará a cargo del poder Judicial. De esta forma se contará con toda la nómina de las personas que han sido condenadas y con condena firme por abuso sexual contra niñas, niños y adolescentes.


El articulo 6 de la ley también alude a hechos punibles tales como la pornografía infantil y la trata de personas, es decir todo hecho que atente contra la integridad de las personas.


A partir de la vigencia de la ley, todas las instituciones que trabajan con niños tales como escuelas y guarderías para incorporar un personal, deberán solicitar una constancia de no estar en dicho registro, así como cuando se solicitan antecedentes policiales o judiciales. Estos antecedentes deberán ser solicitados por la patronal para la firma del contrato laboral.


De esta manera se evitará contratar a personas que cuentan con estos antecedentes. La normativa ofrece mecanismos de protección del derecho de niñas, niños y adolescentes a una vida libre de violencia, frente a agresores sexuales que hayan cometido hechos punibles contenidos en la presente ley.


Asimismo provee de herramientas que faciliten la investigación y persecución penal considerando su grado de peligrosidad con el fin de evitar la reincidencia.