Lo condenaron a 3 años de cárcel por incumplir prestación alimenticia
El hecho, quedó en evidencia durante el juicio, a raíz de que la fiscal haya presentado diversos medios probatorios, entre ellos informes bancarios, declaraciones testimoniales y otros. Según los antecedentes, se probó que el hoy condenado incumplió con lo determinado por la Sentencia Definitiva (S.D.) Nro. 424 del Juzgado de Luque, del 28 de agosto del 2009, que le ordenaba el pago de G. 330.000 como prestación alimentaria de su hijo menor. Sin embargo, no depositó suma alguna de dinero en la cuenta judicial habilitada para el efecto.
La víctima requirió de tratamientos médicos debido a que sufría de una enfermedad, y nunca recibió ayuda de su padre. Asimismo, la madre del menor falleció durante el proceso penal y posterior a eso, el niño también cayó en depresión.
La agente fiscal Fátima Villasboa, fue quien representó al Ministerio Público en el Juicio oral y público que derivó en la condena de 3 años de pena privativa de libertad del ciudadano R. C., tras comprobarse su culpabilidad en la comisión del hecho punible de Incumplimiento del Deber Legal Alimentario.