Reclaman reglamentación de Registro de Agresores Sexuales de menores

Los diputados aprobaron dos pedidos de informes dirigidos a la Corte Suprema de Justicia y al Ministerio Público, en relación a la Ley que busca proteger a niños, niñas y adolescentes, de personas que hayan cometido hechos punibles de violencia sexual.

La Cámara Baja resolvió consultar a la Corte Suprema de Justicia y al Ministerio Público sobre la reglamentación de la Ley que crea el Registro Nacional de Agresores Sexuales de Niños, Niñas y Adolescentes; y el Banco Genético. A través de dos pedidos de informes aprobados, se solicita un informe detallado del grado de implementación de la iniciativa. 

Los diputados aprobaron dos pedidos de informes, a la Corte y la Fiscalía. - Gentileza.

Entre los antecedentes, se menciona que este registro fue creado con el objetivo de establecer mecanismos de protección de los menores para una vida libre de violencia, y detectar a las personas que hayan cometido hechos punibles de violencia sexual. Se establecieron herramientas que puedan facilitar la investigación y persecución penal por el alto grado de peligrosidad, de tal manera a evitar la reincidencia. 

Los casos de abusos son un problema latente en el país. - Archivo.

“Agresor sexual es aquella persona que ha sido condenada en virtud de una sentencia judicial, firme y ejecutoriada, por la tentativa o consumación de actos atentatorios contra la indemnidad sexual, contemplados en el artículo 6° del cuerpo legal, perpetrados contra niños, niñas y adolescentes menores de 18 años”, especifica la ley, que rige en todo el territorio nacional.