Casados podrán ser denunciados legalmente por “la otra”

La Corte habilitó a las amantes a denunciar hechos de violencia familiar, pese a no ser la “titular”.

La sala penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, dio un fallo en el que se autoriza a las amantes a poder denunciar el hecho punible de violencia familiar, a pesar de no ser familiares ni convivir con los denunciados.

 

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El veredicto se da luego de un caso anulado en la máxima instancia judicial por la desestimación de la denuncia sobre violencia familiar que pesaba sobre un hombre casado.

Mediante la resolución de la Corte se deberá continuar con la investigación penal y si existen indicios de hecho punible, el Ministerio Público estará habilitado para formular la imputación correspondiente.

Las abogadas Romina Rolón, Margarita Heralesky y Lucía Sandoval, en representación de la víctima, presentaron un recurso extraordinario de casación ante la sala penal de la Corte Suprema contra los fallos de primera y segunda instancia que resolvió desestimar la denuncia de violencia familiar formulada en el 2017.

La sala penal concluyó que la Ley 5.378/2014 resulta aplicable al momento del hecho en la presente causa, atendiendo la norma penal vigente que expresa: “El que, aprovechándose del ámbito familiar o de convivencia, ejerciera violencia física o psíquica sobre otro con quien convive o no, será castigado con pena privativa de libertad de uno a seis años’, ampliando que el aprovechamiento del autor puede darse también en el ámbito de convivencia y no solo familiar, excluyendo la habitualidad de la agresión y la cohabitación como requerimiento objetivo”.

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