El presidente Mario Abdo Benítez, firmó el Decreto Nº 4624, que establece nuevas reglas para los fumadores. Esto en el marco del régimen que regula las actividades relacionadas al tabaco y establece medidas sanitarias de protección a la población.
Específicamente fija que se considerarán sitios habilitados para fumar, vaporear o fumar electrónicamente, o mantener encendidos productos de tabaco, incluido los productores calentados de tabaco, los lugares o zonas al aire libre donde no haya aglomeración o reunión de personas ni constituyan zonas de paso para no fumadores, vaporeadores, vapeadores o usuarios de dispositivos electrónicos, con o sin nicotina, incluidos los productos calentados de tabaco.
El decreto de Mario Abdo señala que la pandemia a causa del Covid-19, declarada el pasado 11 de marzo de 2020 por la Organización Mundial de la Salud, puso énfasis las enfermedades respiratorias y cardiovasculares por condicionar, un peor pronóstico de la enfermedad en este grupo de pacientes.
"Conforme a la alta incidencia actual de casos a nivel nacional predispone a que existan casos de fumadores con Covid-19 asintomáticos que al exhalar el humo durante el acto de fumar o vapear pueden diseminar el virus en el entorno inmediato, predisponiendo de esta manera al contagio del resto de la población", refiere el decreto presidencial que restringe los lugares para fumar o vapear.
Esta medida del Ejecutivo responde al Convenio marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el control del tabaco, que tiene como objetivo proteger a las generaciones del presdente y futuras contra las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco.