Los aportantes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) pueden presentar la declaración jurada hasta el 26 de este mes.
Dentro del calendario perpetuo se encuentran: IRE (presunto y especial); Tributo Único Maquila; Impuesto al Valor Agregado (IVA) – General; Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) – General; ISC – Combustibles.
La liquidación de retenciones del Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades (IDU), periodo fiscal enero 2021 puede confirmarse hasta el 12 de febrero y el pago hasta un día después de la fecha mencionada.
Los casos en que los vencimiento de las fechas fijas de cada mes correspondiere a un día inhábil, se trasladará al primer día hábil siguiente, sin que ello implique el diferimiento de los demás vencimientos.