No cumplen con la ley de transparencia y están en falta 20 municipios y la Universidad Politécnica Taiwán Paraguay, según el informe del Poder Ejecutivo sobre exigencia de presentar mensualmente datos en base a la exigencia de la Ley 5189 que establece la obligatoriedad de la provisión de información en el uso de los recursos públicos sobre remuneraciones y otras retribuciones asignadas.
La Secretaria de la Función Pública al balance correspondiente a abril, segundo mes de confinamiento por la pandemia. Los datos oficiales apuntan que entre los municipios que incumplen en el departamento de San Pedro son: Chore y Villa del Rosario. Mientras que en Concepción está San Carlos del Apa.
En Cordillera esta en falta Mbocayaty del Yhaguy y Piribebuy; mientras que en el departamento de Guairá están en rojo los municipios de Coronel Martínez y Eugenio A. Garay; al igual que Abai de Caazapá
En el departamento de Itapúa aparecen en la lista negra el municipio de Jesús, San Cosme y Damián; mientras que en el departamento de Misiones figura Santa Rosa Misiones y Yabebyry. En tanto en Paraguarí está Tebicuarymi.
En el departamento de Ñeembucú aparecen Guazu Cua, San Juan Bautista de Ñeembucú, Tacuaras, Villa Oliva. En el Chaco están el falta los municipios de Carmelo Peralta y Fuerte Olimpo (Alto Paraguay).
La multa por falta
A través de la Dirección Nacional de Correos del Paraguay (DINACOPA), a las instituciones que están incumpliendo con la Ley.
Aquellas instituciones públicas y municipios que no cumplen con la normativa se exponen a una multa de G. 15.181.200.
El Artículo 9º de la Ley 5189, establece que la Secretaría de la Función Pública será la responsable del control permanente del cumplimiento de la presente disposición legal; esta Secretaría Ejecutiva no realiza el control del uso de los recursos de los Organismos y Entidades del Estado, sino en el cumplimiento de la publicación de los informes requeridos por la norma referida.
La normativa señala que todos los Organismos y Entidades del Estado (OEE), deben actualizar mensualmente la información requerida, hasta quince días hábiles del mes inmediatamente posterior. El 26 de mayo fue la fecha límite para la publicación de los datos correspondientes al mes de abril de 2020.