El Ejecutivo promulgó Ley “Que crea el Registro Nacional de agresores sexuales de niñas, niños y adolescentes, y el banco genético”. Se trata de una herramienta que busca proteger a los menores contra toda forma de abuso y violencia.
La nueva ley permitirá además contar con un banco genético que estará a cargo del poder Judicial. De esta forma se contará con toda la nómina de las personas que han sido condenadas y con condena firme por abuso sexual contra niñas, niños y adolescentes.
El articulo 6 de la ley también alude a hechos punibles tales como la pornografía infantil y la trata de personas, es decir todo hecho que atente contra la integridad de las personas.
A partir de la vigencia de la ley, todas las instituciones que trabajan con niños tales como escuelas y guarderías para incorporar un personal, deberán solicitar una constancia de no estar en dicho registro, así como cuando se solicitan antecedentes policiales o judiciales. Estos antecedentes deberán ser solicitados por la patronal para la firma del contrato laboral.
De esta manera se evitará contratar a personas que cuentan con estos antecedentes. La normativa ofrece mecanismos de protección del derecho de niñas, niños y adolescentes a una vida libre de violencia, frente a agresores sexuales que hayan cometido hechos punibles contenidos en la presente ley.
Asimismo provee de herramientas que faciliten la investigación y persecución penal considerando su grado de peligrosidad con el fin de evitar la reincidencia.