Los diputados Tito Ibarrola y Carlos Rejala, del Partido Hagamos, promueven la modificación de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, estableciendo parámetros para límites mínimos y máximos de velocidad en rutas. Es así, que en zonas urbanas, tratándose de autopistas, será de 80 km/h; y en las avenidas 50 km/h.
En cuanto a las carreteras y rutas, se indica que se mantiene en 50 km/h, en zonas urbanas, a menos que se trate de una autopista, y 110 km/h en zona rural. Se estipula que en cuanto a automóviles, camionetas y motocicletas que circulen en carreteras y rutas, en zonas rurales, podrán hacerlo con una velocidad mínima de 60 km/h.
La propuesta plantea que, en vías de dos o más carriles por mano, los límites de velocidad autorizados, tendrán una franja de tolerancia de 10 km/h. Se especifica que los conductores que por algún descuido sobrepasen el límite máximo no serán pasibles de ningún tipo de multa.