El presidente Mario Abdo Benítez firmó el Decreto Nº 5361 que modifica algunos artículos de la ley que reglamenta la implementación del programa de asistencia del Estado que otorga subsidio a trabajadores y comerciantes fronterizos con Argentina.
El subsidio será por la suma de G. 1.095.000 para los comerciantes formales. La transferencia monetaria de los recursos del subsidio podrá ser reconvertida en dinero en efectivo, según la disponibilidad presupuestaria y financiera, del Ministerio de Hacienda.
En cuanto al subsidio para los trabajadores informales, la ayuda será por un valor de G. 500.000. El decreto presidencial aclara que la transferencia monetaria de los recursos del subsidio es única y exclusivamente para la adquisición de productos básicos de la canasta familiar, así como lo necesario en materia sanitaria y de limpieza
Son beneficiarias aquellas personas que residan en las ciudades de Encarnación, Alberdi, Puerto Falcón, Nanawa, Ayolas, Pilar, Paso de Patria, Hunzaitá, Cerrito. General Díaz. Igualmente aquellos que esten en el área de Mayor Martínez, Villa Oliva, Villa Franca, tatalio, Mayor Otaño y San Rafael del Paraná.
Hacienda precisó que serán considerados como trabajadores informales a los trabajadores por cuenta propia o dependientes de alguna micro, pequeña o mediana empresa (Mipymes) que no coticen a la seguridad social y que no estén inscriptos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).
El mecanismo de solicitud del subsidio será única y exclusivamente a distancia y por vía electrónica. Asimismo, aclara que Hacienda verificará la elegibilidad a los potenciales beneficiarios y medidas administrativas a los efectos de compensar, retener, descontar en cuanto a los montos percibidos con anterioridad al dictado del presente decreto.